dissabte, 16 de juliol del 2016
Modificaciones de la Ordenanza Municipal nº 1 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
La Junta Directiva de la A.VV de
Mas Lluí, reunida en pleno el día 6 de Julio del presente, informa a los socios
y ciudadanos del barrio de Mas Lluí.
Que en fecha de 27 de Junio de
2016, previo al recurso de casación numero 2232/2015 interpuesto por el
Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat ante el Tribunal Supremo, dictada en
recurso contencioso-administrativo número 290/2014, en materia de aprobación de
modificaciones de la Ordenanza Municipal nº 1 del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles (IBI).
Con motivo del número de llamadas
realizadas a nuestra A.VV. por parte de nuestros asociados, solicitando
aclaración y conceptos del porqué de esta sentencia, la Junta Directiva se
ve en la obligación de emitir públicamente el correspondiente comunicado a sus
asociados a los efectos de: 1º - Informarles y 2º - Informar de la posición y
opinión al respecto de la Junta de la Asociación.
Manifiesta, expresa e informa de su
posición al respecto, que no es otra que aquella que deriva de la exigencia al
órgano institucional del cumplimiento de
la sentencia, en los términos expresados en ésta, haciendo valer las causas por la cual está fundamentada en
causas de derecho, basándose en toda su amplitud en los artículos, tanto
jurídicamente como a los que a derecho correspondan.
No entramos en las formas y
acuerdos que deben tomar aquellos que se ven obligados a aceptarla en todo su
contenido, y aquellos que, como parte afectada (ciudadanos), deben preservar y
exigir su legitimo derecho, exigiendo
toda parte que por derecho le corresponda y arrope, acogiéndose al fallo
dictado por el TRIBUNAL SUPREMO.
Es por ello que desde aquí
deseamos que las partes obligadas encuentren las formas de entendimiento y
acuerdos que manifiesten éstos y reflejen, a su vez, el fiel cumplimiento del fallo de la SENTENCIA.
LA JUNTA A.VV. MAS LLUÍ
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